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Metro de la Ciudad de México debe garantizar el derecho a la accesibilidad y movilidad de las personas con discapacidad

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó a tres personas con discapacidad visual usuarias del metro de la Ciudad de México para que las autoridades del Sistema de Transporte Colectivo establezcan las medidas que garanticen su derecho a la accesibilidad y movilidad en ese medio de transporte.

Las autoridades tendrán que implementar acciones inmediatas para asegurar que las personas con discapacidad puedan usar el metro con la mayor autonomía posible, pues de nada sirve que la autoridad haga esfuerzos, si el transporte sigue siendo inaccesible para quienes viven con una condición de discapacidad.

Las autoridades deberán revisar las medidas de accesibilidad existentes, con la participación de personas con discapacidad, para asegurar que se atienden necesidades reales. Además, deberán establecer un mecanismo permanente para que estas personas puedan solicitar ajustes razonables. Y, finalmente, deberán supervisar las medidas de accesibilidad que ya existen y las que implementen, para asegurar su funcionamiento. Por ejemplo, como lo señalaron las personas quejosas, de nada sirve que se instalen guías podotáctiles si después la autoridad no se asegura que estén en funcionamiento.

Finalmente, la Sala determinó que las autoridades están obligadas a implementar acciones para que los usuarios en general y los operadores del Metro tomen conciencia sobre los derechos a la accesibilidad y movilidad, con el fin de eliminar barreras actitudinales y evitar malos tratos y discriminación hacia los usuarios con discapacidad.

Amparo en revisión 686/2022. Ponente: Ministro Javier Laynez Potisek. Resuelto en sesión de 17 de mayo de 2023 por unanimidad de cinco votos.

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