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SCJN inicia análisis e invalida disposiciones de la Ley de Archivos del Estado de Yucatán

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como resultado de las impugnaciones formuladas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como por el Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Yucatán, inició el análisis de la Ley de Archivos para el mencionado Estado, a consecuencia de lo cual, invalidó los siguientes preceptos:

1) El artículo 10, fracción XIV, correspondiente a los deberes a cargo de los fideicomisos y fondos públicos carentes de estructura orgánica, así como de cualquier persona física que reciba y ejerza recursos públicos, o realice actos de autoridad en el Estado de Yucatán y sus municipios. Ello, al resultar imprecisa en cuanto a los deberes mínimos a cargo de los mencionados sujetos obligados y que no corresponden a los establecidos en el artículo 11 de la Ley General de la materia.

2) Los artículos 56 a 63, relativos a los documentos reservados y confidenciales, ya que el legislador local no distinguió entre las materias, por una parte, de transparencia y acceso a la información y por otra, la de archivística.

3) Los artículos 5, fracción LII, 10, fracción III, en la porción “en el Registro Estatal”, 30, fracción XIII, 87, fracción XIV, 95, 96, 97, 98, 111 y 116, fracción XIV, que preveían un Registro Estatal de Archivos, al carecer el Congreso local de facultades para su creación.

La discusión de este asunto continuará durante la próxima sesión del Pleno de la SCJN.

Acciones de inconstitucionalidad 155/2020 y su acumulada 221/2020, promovidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como por el Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Yucatán, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Archivos para el mencionado Estado, publicada en el Diario Oficial de esa entidad de 24 de junio de 2020. Ponente: Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretaria: Gabriela Eleonora Cortés Araujo.

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