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miércoles, mayo 1, 2024
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INE ordena como medida cautelar la suspensión de 3 conferencias de las mañaneras

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) sesionó el último día de campañas para resolver tres solicitudes de medidas cautelares. En el marco del primer asunto, el INE ordenó la suspensión de la difusión de tres conferencias del Presidente de la República por constituir una intromisión a los procesos electorales.

La queja fue presentada por el partido Movimiento Ciudadano (MC) y su candidato a la Gubernatura de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, en contra del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, por expresiones electorales realizadas durante las conferencias matutinas de los pasados 5, 6 y 7 de mayo. A decir de los quejosos, se vulneraron los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda.

La Comisión determinó la procedencia de las medidas cautelares pues, de un análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, las declaraciones hechas por el primer mandatario sí constituyen una intromisión a los procesos electorales, prohibida por los artículos 41 y 134 constitucionales.

Esta decisión es coincidente con el Acuerdo aprobado por esta Comisión el pasado 28 de mayo (ACQyD-INE-117-2021), donde se llevó a cabo un estudio integral y sistemático del contenido de las mañaneras desde el inicio de campañas, y donde se determinó conceder una tutela preventiva en contra del Presidente de la República por haber realizado de manera sostenida declaraciones relacionadas con los procesos electorales. En congruencia con dicho acuerdo, se concedió el retiro de los tres materiales audiovisuales.

La segunda solicitud de medidas cautelares fue presentada el pasado 26 de mayo por la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) en contra del partido Movimiento Ciudadano. Lo anterior, con motivo de la difusión del spot para televisión ASÍ SE BAILA SONORA, pautado para dicha entidad federativa, así como de diversos materiales difundidos en redes sociales por diversos candidatos del partido en donde aparece Yuawi junto con otros niños y niñas. La organización sostuvo que existe violación al interés superior del menor, así como una exposición que provoca actos de discriminación y burla en contra del protagonista de los promocionales.

En este caso, la Comisión de Quejas estimó improcedente la adopción de medidas cautelares ya que, a partir de un análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, existen elementos para considerar que Yuawi cuenta con información oportuna, amplia y suficiente para conocer el alcance de su participación en los videos y, además, cuenta con el apoyo de su tutor, por lo que no es posible advertir una posible afectación a sus derechos.

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