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Establecimientos que deben estar cerrados en el Municipio de Querétaro

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Permanecerán cerrados temporalmente hasta en tanto el Consejo Municipal de Protección Civil determine su apertura acorde a indicaciones y demás disposiciones o medidas que emita la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y respecto de las recomendaciones del Comité Técnico para la atención del COVID-19, como lo establece la Medida de Seguridad QUINTA del Acuerdo de Medidas de Seguridad Sanitaria publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” de fecha 19 de Marzo de 2020 los siguientes establecimientos:

  1. Gimnasios, escuelas, centros deportivos, canchas de fútbol rápido y clubes,

escuelas de música;

  1. Guarderías, jardines de niños, centros de desarrollo infantil, centros educativos

de cualquier nivel y tipo de actividad:

III. Baños públicos; Balnearios;

  1. Máquinas de videojuegos, que operan en lugares destinados exclusivamente

para tal efecto;

  1. Boliches, teatros y cines;
  2. Salones de fiesta, salones de eventos; salones de fiestas infantiles y banquetes.

VII. Centros nocturnos, discotecas, café cantante y peñas.

VIII. Bares, cantinas y billares;

  1. Establecimientos con máquinas electrónicas de apuesta, juego de azar,

centros de apuestas remotas y salas con sorteo de números y casinos.

  1. Centros de culto; y
  2. Cualquier establecimiento y/o espacio público o privado de concentración

abierto o cerrado, que congreguen a más de diez personas,

independientemente de los anteriormente mencionados con excepción de los

contemplados en la medida CUARTA del presente acuerdo.

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