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Hacienda aprieta el control para el lavado de dinero en las casas de cambio

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La Secretaría de Hacienda va con más fuerza en la vigilancia a los centros
cambiarios como parte de las medidas para evitar el lavado de dinero en el sistema financiero del país.


La dependencia que encabeza Carlos Urzúa realizó algunos cambios que, de acuerdo al monto de las operaciones de compraventa o cambio de divisas en efectivo, endurecen los procedimientos para identificar plenamente a los beneficiarios finales de estas operaciones, vivan o no dentro del territorio nacional.

Los cambios para este sector iniciaron en 2014, pero fue en 2017 cuando hubo una purga del negocio, luego de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) endureció los requisitos para otorgar los permisos a los centros bancarios.


Esas disposiciones entonces causaron que algunos centros cambiarios, la mayoría ubicados en zonas turísticas, bajaran la cortina. De septiembre de 2014 al mismo mes de 2018, el número de centros se redujo de 1,620 a solo 970, de acuerdo con datos de la CNBV.


Un análisis de Global Financial Integrity ubica a México como el país con más flujo de dinero ilícito en América Latina, con un monto estimado de 42,900 millones de dólares en promedio entre 2004 y 2015. La cifra queda por arriba de Brasil o Argentina, con flujos ilícitos estimados en 12,000 millones y 2,700 millones de dólares, respectivamente.

Desde octubre pasado, representantes de los centros cambiarios realizaron
mesas de trabajo con Hacienda a fin de atender los criterios para fortalecer sus operaciones para prevenir el lavado de dinero.


Las acciones de Hacienda son una respuesta a las recomendaciones que el Grupo de Acción Financiera (GAFI) hizo a México para fortalecer su régimen de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Éstas fueron publicadas en el informe de ‘Evaluación Mutua’, en enero de 2018.


Para el organismo internacional, México enfrenta un alto riesgo de lavado de dinero derivado de actividades ilegales asociadas al tráfico de drogas, extorsión, corrupción y evasión de impuestos.

Con las nuevas disposiciones -que están en vigor desde el 22 marzo- los centros cambiarios deberán registrar en sus sistemas el nombre completo del usuario, nacionalidad y otros datos que se obtienen en una identificación oficial, cuando las operaciones sean mayores a 1,000 dólares menores a 3,000 dólares.


En el caso de las personas morales, los datos que deben resguardar son la razón social, el RFC, firma electrónica avanzada y los datos de la persona que realiza la operación.


Cuando el monto sea superior a 3,000 dólares y menor a 5,000 dólares, los centros cambiarios tienen que conservar una copia de la identificación oficial de las personas involucradas en la operación.


Si el monto a vender o cambiar es superior a 5,000 dólares y menor a 10,000, el personal de los centros de cambio de divisas deberá generar un archivo de identificación del cliente, en donde se tengan datos para facilitar su contacto, con un correo electrónico o un número telefónico. Los centros cambiarios también deberán informar a las autoridades cuando consideren que una operación es inusual.


“Las medidas dan más transparencia en el manejo de fondos internacionales, estos recursos ahora serán regulados, además de reducir el blanqueo por intercambio de divisas, que se estima entre el 40 y 50% del lavado de dinero en el país”, dijo Carlos Alberto Jiménez Bandala, investigador de la facultad de negocios de la Universidad La Salle.

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