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Acoso judicial contra periodistas crece en México

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Acoso judicial contra periodistas crece en México

Artículo 19 documentó 69 casos de periodistas y medios sometidos a procesos legales durante 2025, casi tres veces más que un año antes. El caso de Tribuna en Campeche se ha convertido en uno de los ejemplos más visibles del debate sobre libertad de expresión y uso de tribunales contra la prensa.

El acoso judicial contra periodistas y medios de comunicación aumentó en México durante 2025, con 69 casos documentados por la organización Artículo 19, equivalente a un nuevo procedimiento legal aproximadamente cada seis días.

Los expedientes abarcaron procedimientos electorales, penales, civiles y administrativos iniciados contra personas periodistas o empresas informativas.

Artículo 19 considera que esta tendencia muestra una expansión del uso de procedimientos legales que pueden generar costos económicos, desgaste personal y efectos sobre las decisiones editoriales aun cuando no terminen en una condena. Esa es la evaluación de la organización; cada expediente debe analizarse según sus circunstancias particulares.

¿Cuántos casos de acoso judicial hubo?

El informe anual 2025 de Artículo 19 documentó:

  • 29 procesos electorales.
  • 17 procesos penales.
  • 15 procesos civiles.
  • 8 hostigamientos administrativos.

En total fueron 69 periodistas y medios afectados por procedimientos de este tipo.

La organización sostiene que el fenómeno dejó de concentrarse únicamente en controversias electorales y se extendió territorialmente como una forma recurrente de presión contra el ejercicio periodístico.

Caso Tribuna pone el debate en Campeche

Uno de los casos que ha recibido mayor atención es el del periódico Tribuna, de Campeche, y su exdirector editorial Jorge Luis González Valdez.

La gobernadora Layda Sansores ha promovido procedimientos legales contra González y el medio relacionados con publicaciones sobre su administración, entre ellos asuntos por daño moral, violencia política en razón de género e incitación al odio.

Las publicaciones de Tribuna incluyeron críticas políticas, pero también expresiones que fueron señaladas como sexistas y homofóbicas, un elemento relevante para comprender que el conflicto no se limita a críticas sobre políticas públicas.

Sansores ha rechazado que sus acciones tengan como objetivo censurar a la prensa y ha sostenido que los procedimientos buscan proteger derechos, particularmente de las mujeres.

Juez ordenó revisión previa de publicaciones

En julio de 2025, un tribunal de Campeche ordenó que las publicaciones de Tribuna relacionadas con Sansores fueran previamente revisadas por una autoridad judicial.

También impuso restricciones al ejercicio periodístico de González.

El Comité para la Protección de los Periodistas calificó esas medidas como una forma de censura y advirtió sobre el precedente que podrían representar para otros medios.

González impugnó las decisiones y posteriormente obtuvo una suspensión temporal mientras continúa el litigio.

La controversia sigue abierta, por lo que no existe todavía una resolución definitiva que cierre el caso.

Artículo 19 advierte sobre uso de tribunales

Artículo 19 utiliza el término acoso judicial para describir situaciones en las que procedimientos penales, civiles, electorales o administrativos generan una carga contra periodistas por trabajos relacionados con asuntos de interés público.

La organización sostiene que el efecto puede producirse incluso antes de una sentencia debido a gastos legales, tiempo invertido, desgaste emocional y modificaciones en la actividad editorial.

El Comité para la Protección de los Periodistas también ha expresado preocupación por el incremento de procedimientos legales contra medios críticos en México.

Esto no significa que toda demanda presentada contra un periodista sea automáticamente ilegítima: periodistas y medios también están sujetos a responsabilidades legales. La discusión se centra en cuándo el recurso a tribunales se convierte en un mecanismo desproporcionado que puede inhibir información de interés público.

Violencia física sigue siendo otro riesgo

La presión judicial ocurre al mismo tiempo que México mantiene altos niveles de violencia contra periodistas.

El registro público del CPJ señala que seis periodistas habían sido asesinados en México durante 2026, cinco de ellos en un periodo de poco más de dos meses, situación que la organización describió como uno de los repuntes más mortíferos registrados en más de una década.

El caso más reciente documentado públicamente por el organismo es el asesinato de Ricardo Zúñiga, ocurrido en Puebla y reportado por CPJ el 3 de septiembre.

Un reportaje de Associated Press publicado este 28 de septiembre contabiliza siete periodistas asesinados durante el año, por lo que existe una diferencia entre ambas fuentes que deberá actualizarse conforme los organismos especializados revisen y documenten cada caso.

Leopoldo Maldonado llega a relatoría de ONU

En julio de 2026, el mexicano Leopoldo Maldonado Gutiérrez fue designado relator especial de Naciones Unidas sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión.

Maldonado dirigió durante años la oficina de Artículo 19 para México y Centroamérica y ha advertido sobre los riesgos de utilizar conceptos jurídicos vagos para regular desinformación, discurso de odio y otras expresiones.

Su postura es que el Estado debe combatir daños reales sin convertirse en árbitro de la verdad ni utilizar figuras ambiguas que puedan terminar restringiendo el debate público.

Nuevos derechos de las audiencias entran en vigor

El debate ocurre también mientras México estrena nuevas reglas sobre derechos de las audiencias.

Los lineamientos publicados el 28 de agosto entraron en vigor este 28 de septiembre de 2026.

La regulación establece procedimientos para que las audiencias puedan presentar quejas, observaciones y solicitudes a concesionarios de radio y televisión.

Hay aquí una precisión importante: los lineamientos no aplican a medios digitales, prensa escrita, plataformas de internet ni redes sociales. Su ámbito incluye televisión abierta, radio, televisión restringida y programadores.

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones afirma que no tendrá facultades para calificar contenidos ni intervenir en decisiones editoriales y que su función estará limitada a garantizar que los medios atiendan el procedimiento previsto para las quejas de las audiencias.

Sheinbaum rechaza que exista censura

La presidenta Claudia Sheinbaum ha rechazado que estas disposiciones representen censura.

Su gobierno sostiene que los derechos de las audiencias tienen fundamento constitucional y que los nuevos lineamientos no autorizan al Estado a decidir qué información es verdadera o falsa ni a sancionar contenidos por ese motivo.

Organizaciones y especialistas en libertad de expresión, por otro lado, han pedido vigilar la aplicación práctica de las nuevas reglas para evitar intervenciones indebidas en contenidos periodísticos.

La discusión estará en cómo operen los procedimientos y qué decisiones adopten las autoridades cuando existan controversias.

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