El reconocimiento legal a la autonomía de los pacientes en etapas terminales, el blindaje jurídico para el personal médico frente a la suspensión de tratamientos fútiles y la reconfiguración de los esquemas de cuidados paliativos marcan la vanguardia legislativa en materia de salud. El diputado local Arturo Maximiliano García, integrante de la LXI Legislatura del Estado de Querétaro, ingresó de forma oficial ante la Oficialía de Partes la “Iniciativa de Ley de Voluntad Anticipada”. El proyecto normativo busca dotar a los ciudadanos del derecho a delimitar de forma libre, informada y previa los alcances de la intervención médica que desean recibir en escenarios de diagnóstico terminal, subsanando un histórico rezago legislativo en la entidad.
El combate a la obstinación terapéutica y la distinción de la eutanasia
La exposición de motivos del diputado García especifica que la iniciativa se fundamenta de forma estricta en los principios constitucionales de dignidad humana, libre desarrollo de la personalidad y consentimiento informado, los cuales ya cuentan con criterios de validación emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El legislador fue enfático al aclarar ante los medios de comunicación que este ordenamiento no implica la legalización de la eutanasia ni del suicidio asistido, figuras jurídicas y médicas totalmente ajenas al espíritu de la propuesta.
La normativa —indexada en los registros del Congreso local bajo la clave GLMNA/992.26— introduce herramientas regulatorias para atajar el encarnizamiento terapéutico y el alargamiento artificial de la agonía bajo las siguientes pautas en este 2026:
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Rechazo a tratamientos fútiles: Faculta al firmante a declinar de forma anticipada procedimientos desproporcionados que solo prolonguen el sufrimiento sin expectativas reales de curación.
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Garantía de muerte digna: Obliga a las instituciones de salud públicas y privadas a suministrar de forma prioritaria esquemas de cuidados paliativos integrales.
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Representación jurídica: Permite la designación formal de un tutor o representante legal encargado de hacer cumplir de forma estricta la voluntad del paciente cuando este se encuentre imposibilitado para comunicarse.
Diagnóstico Demográfico y Comparativa de la Voluntad Anticipada
La propuesta busca mitigar las controversias hospitalarias en una entidad marcada por el envejecimiento progresivo de su población:
| Parámetro de Evaluación Civil / Médico | Contexto en la República Mexicana | Impacto en el Ecosistema Hospitalario (2026) |
| Adopción Legal del Marco Regulatorio | Más de 15 entidades federativas activas | Querétaro se alinea a estados como CDMX, Aguascalientes y Guanajuato |
| Enfoque Clínico de la Iniciativa | Criterios de la Organización Mundial de la Salud | Prioriza el control del dolor, apoyo psicológico y acompañamiento familiar |
| Mitigación de Conflictos Civiles | Reducción del desgaste e incertidumbre | El documento de voluntad anticipada asume la decisión sobre terceros |
“Esto no implica eutanasia ni suicidio asistido. Permite rechazar tratamientos desproporcionados y evitar la obstinación terapéutica, el alargar de alguna forma la vida de las personas en estas circunstancias. Tenemos una población con crecimiento demográfico importante, pero sobre todo con envejecimiento progresivo, y no hay actualmente esta legislación específica. Esta ley genera certeza jurídica y protege a la familia, al médico e incluso a los hospitales”. — Dip. Arturo Maximiliano García, Promotor de la Iniciativa.
Certeza para el personal médico y fortalecimiento paliativo
La relevancia operativa del documento radica en su capacidad para disolver la incertidumbre legal que encaran diariamente los médicos generales, urgenciólogos e intensivistas en las salas de terapia intensiva. Frecuentemente, el personal de salud se encuentra atrapado en severas disputas entre familiares que exigen mantener soportes vitales artificiales y aquellos que solicitan la desconexión. Al formalizar un documento con validez legal previa, la decisión recae exclusivamente en la voluntad expresada por el paciente, blindando a los médicos e instituciones de salud contra eventuales demandas por negligencia o mala praxis.
Al tomar como referencia el éxito de legislaciones homólogas en estados circunvecinos como Guanajuato y Aguascalientes —donde dichos marcos operan de forma fáctica desde hace quince años—, el diputado Arturo Maximiliano urgió a las comisiones dictaminadoras de la LXI Legislatura a acelerar el análisis del expediente GLMNA/992.26. La incorporación de las pautas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el cuerpo de la ley asegura que los centros hospitalarios queretanos transiten hacia un modelo de atención humanizada, garantizando que el desenlace de la vida se desahogue bajo condiciones de estricto control del sufrimiento físico y paz emocional para los pacientes del estado.


