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INAI puede sesionar provisionalmente con cuatro personas comisionadas

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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n autoriz贸 que el Pleno del Instituto Nacional de Acceso a la Informaci贸n (INAI) sesione v谩lidamente con las cuatro personas comisionadas que lo integran actualmente, en el entendido de que esta autorizaci贸n dejar谩 de estar vigente una vez que el Senado de la Rep煤blica nombre, cuando menos, a una persona m谩s.

Se explic贸 que tanto la Constituci贸n como la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informaci贸n P煤blica tienen un dise帽o normativo para evitar que ocurran vacantes prolongadas en el Pleno del INAI por lo que resulta inviable paralizar el funcionamiento del organismo constitucional aut贸nomo garante de los derechos de acceso a la informaci贸n y de protecci贸n de datos personales por una cuesti贸n contingente relacionada con la falta de designaci贸n oportuna de tres personas comisionadas.

La Sala consider贸 que la par谩lisis del INAI ha venido actualizando la violaci贸n de manera cotidiana y reiterada de dos derechos fundamentales: el derecho de acceso a la informaci贸n, as铆 como el derecho de protecci贸n de datos personales, privando a miles de ciudadanas y ciudadanos de obtener una respuesta a sus reclamos en los plazos que se帽ala la ley.

Recurso de reclamaci贸n 229/2023-CA, derivado del incidente de suspensi贸n de la controversia constitucional 280/2023. Ponente: Ministro Javier Laynez Potisek. Resuelto en sesi贸n de 23 de agosto de 2023 por mayor铆a de tres votos. En contra Ministra Yasm铆n Esquivel Mossa. Ausente Ministra Loretta Ortiz Ahlf.

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