La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que los minutos trabajados adicionalmente a la jornada laboral, pueden acumularse para cobrarse como horas extra.
Durante la sesión de ayer miércoles, la Segunda Sala emitió una jurisprudencia que obliga a todos los juzgados y tribunales del país a considerarla al momento de resolver asuntos de esta índole.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la jornada laboral no puede exceder de ocho horas, la diurna; siete, la nocturna y siete y media la mixta.
Esta jornada puede prolongarse por nueve horas a la semana y el salario se pagará al doble mientras que el tiempo excedente a esas nueve horas se pagará al triple de lo que corresponde a las horas de la jornada trabajada.
fuente: informador.mx